ORDENANZA

La Ordenanza Municipal 3/ 2016, relativa a la Tenencia Responsable de Animales de Compañía, considera entre las principales obligaciones: el acceso de los caninos a la vía pública, donde las mascotas deben transitar en compañía de sus dueños, provistas de sus correspondientes correas o arneses.

Además dispone de un Registro Electrónico Canino y una base de datos, mediante la implantación de microchip que otorgará un número único e irrepetible, que asocia de forma a definitiva a la mascota con su dueño.

Otro aspecto importante mencionado, es que los dueños de animales deben hacerse cargo de las fecas que sus perros dejan esparcidas en los espacios públicos. Por ende, estos desechos, deben ser recogidos, depositados en una bolsa y vaciados en un contenedor de basura.

También los dueños deben darle a sus animales atenciones básicas veterinarias, específicamente la ordenanza Municipal dice que: las mascotas deben ser sometidas a un control de natalidad, desparasitadas y vacunadas contra la Rabia, para evitar posibles focos infecciosos.

Y para quienes no cumplan con la ordenanza arriesgan multas de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales UTM, que son cursadas por inspectores municipales y Carabineros de Chile, denunciadas a los juzgados de Policía Local de nuestra ciudad.